Paraguay: Causas y efectos de un golpe institucional – Parte I
Para comprender la crisis política que vive Paraguay, debemos volver la vista atrás. Desde Asunción, Luis Ortiz Sandoval nos hace un recorrido por los principales hitos de la destitución Lugo. Luis es Sociólogo e investigador del Instituto de Ciencias Sociales de Paraguay (ICSO – Paraguay) y articulista de la Revista Acción, editada por el CEPAG.
El juicio político del Presidente Fernando Lugo el pasado 22 de junio, como consecuencia de la tragedia de Curuguaty, responde en parte a la desigualdad de la tenencia de la tierra, verdadera espada de Damocles del Presidente al no haber emprendido acciones decididas para resolver el problema agrario y el conflicto social con él relacionado. Por otra parte, tras los hechos, la ruptura definitiva de la Alianza patriótica para el Cambio con la desacertada decisión de Lugo de dejar la seguridad interna nacional en manos de su más feroz adversario, el Partido Colorado, constituyó el motivo formal para que el Partido Liberal apoye su destitución.
La irregularidad
Los sucesos recientes en torno al conflicto agrario, tanto en el caso de las tierras mal habidas de Ñacunday como en las de Curuguaty, desnudan la desidia de los sucesivos gobiernos de la transición democrática para conservar las bases de la estructura agraria basada en la extrema desigualdad de la distribución de la tierra. El otorgamiento del dictador Stroessner de grandes extensiones de tierra a sus leales, durante cuatro décadas, no fue revisado en los años de la transición, manteniendo el problema del carácter espurio de incontables propiedades rurales así como la superposición de títulos falsos como resultado de negocios turbios en el Instituto de Bienestar Rural (IBR), hoy Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT). La situación actual de caos en el registro y catastro de la propiedad rural es su consecuencia más palpable.
Los vicios y delitos relacionados, no solamente con las formas prebendarias de adjudicación de títulos, sino con la complicidad de la justicia y de los adjudicatarios, indican que la estructura agraria adolece de serios cuestionamientos de legalidad. Este vicio de origen se conjugó con la facilidad en la cesión de propiedades a productores extranjeros de soja, sin el respeto de las normativas de prohibición de venta de tierras a colonos extranjeros en la franja de cincuenta kilómetros de la frontera. Asimismo, en los años de la transición se intensificaron la compra y venta de derecheras de las tierras de campesinos pobres, afectados por la degradación de sus suelos, por la contaminación de los cauces hídricos y por la vulnerabilidad de sus hogares ante el uso intensivo de los productores sojeros de agrotóxicos. Hay que sumar el beneficio que recibieron los grupos agro-empresariales en el fácil acceso a las tierras, el apoyo técnico y crediticio así como los incentivos fiscales para la exportación de materias primas sin industrialización.
Los productores sojeros pueden conseguir escrituras públicas de compromisos de transferencia de propiedad o de transferencia de derechos de ocupación de parcelas como si fueran títulos legales. La compra por parte de éstos de estas tierras viola normativas adicionales como la residencia obligatoria en la finca, la ciudadanía paraguaya y el haber restrictivo de una sola parcela[1].
Otra forma irregular de la propiedad son las tierras de origen público que fueron transferidas a particulares y cuyas dimensiones son mayores a las permitidas por la Ley. Esto las convierte en tierras mal habidas ya que las adjudicaciones de tierra en el marco de la reforma agraria se realizan a una población beneficiaria, definida exclusivamente como campesinos que no tienen tierra o la tienen en cantidad insuficiente, estableciéndose en la Ley un tamaño máximo de las fincas[2]. La venta a personas no beneficiarias de esa Ley, tanto de fincas no destinadas a la reforma agraria como de fincas de dimensiones mayores a las establecidas, adolece de nulidad. Este es precisamente el caso del inmueble en litigio en las inmediaciones de Curuguaty[3].
Una última forma viciada de titulación y formalización consiste en la falsificación de títulos, cuando de forma intencionada se produce un título inventado, sin base jurídica. La falsificación de los títulos originales, que en los años de la transición democrática se han agudizado, responde a la generación de derechos espurios para diferentes beneficios[4].
La desigualdad de la tenencia de la tierra en Paraguay se ampara en un modelo de acumulación basado en la ilegalidad. La modalidad en que grandes grupos de propietarios se enriquecieron durante la dictadura stronista como en los años de la denominada “transición democrática”, conservó exactamente el mismo régimen de propiedad (feudal) que se sucedió a la Guerra de la Triple Alianza.
La concentración
Las características semifeudales de la estructura de la propiedad de la tierra en Paraguay se reflejan en los principales indicadores proveídos por el Censo Agropecuario Nacional del año 2008. Su comparación con la información relevada en el censo previo, del año 1991, nos ayuda a comprender las razones del conflicto social en torno a la tierra.
En el periodo 1991-2008 hubo una disminución de las superficies menores a 100 hectáreas, que es donde se concentra la economía campesina. Al mismo tiempo el número de fincas de entre 100 y menos de 500 has. se incrementaron en una tasa de 34,8% y en una tasa de 56% las fincas de 500 hectáreas y más. De un total de 289.666 fincas, 7.478 fincas, que corresponden a las de 500 has. y más, concentran 27.807.215 hectáreas (2,6% del total de fincas con 85,5% del total de la superficie agrícola del país, o sea 8.438.002 hectáreas más que en 1991), lo que significa que se apropiaron del 96,9% de las nuevas tierras habilitadas (8.709.338 has.).
Respecto de los grupos campesinos, entre 1991 y 2008 se incrementa levemente las fincas de menos de 5 hectáreas, como efecto de la pulverización de minifundios pequeños, disminuyendo también la superficie explotada de los diferentes tipos de fincas ubicados entre 5 a 100 hectáreas. Por su parte, se duplica la dimensión de fincas explotadas entre 100 a 500 hectáreas (soja) y de 500 hectáreas y más (soja y ganadería).
Como ha sido la constante durante la dictadura y durante la transición, la transferencia de tierras favoreció a los latifundistas ganaderos y a los empresarios desfavoreciendo a los campesinos, dificultando insertar a éstos en el mercado nacional aún cuando sea de manera económicamente dependiente. Con este proceso se debilitó el modelo de dominación clientelista y de cooptación política, iniciándose una abierta persecución y expulsión de los productores minifundistas. El régimen “democrático” no se distinguió respecto de la política agraria stronista, ya que no variaron las desigualdades en la estructura agraria ni la exclusión social de los sectores campesinos.
La pronunciada desigualdad entre dos sectores rurales con dos sistemas productivos distintos, contribuyó a sostener en los hechos un modelo económico que favorece a una minoría privilegiada, ante lo cual el Estado ha sido históricamente complaciente, sin capacidad ni voluntad de inclinar la balanza hacia una sociedad más equitativa. Los gobiernos de la transición, incluido el de Fernando Lugo, no hicieron nada por tocar la base jurídico-legal de la estructura agraria. Ante una sociedad paraguaya enormemente benévola con los grupos agro-exportadores, que se benefician de enormes ingresos y de una contribución irrisoria al fisco, el Estado no implementó un sistema impositivo que favoreciera a la mayoría de la población rural el acceso a la propiedad y des-incentive la concentración de la tierra en manos de una minoría terrateniente.
En suma, en un país en que la actividad agropecuaria representa la principal generadora de riqueza, la desigualdad de la distribución de la tierra se constituye en el fundamento de la desigualdad social.
[1] Fogel, Ramón; “Concentración de tierras: Títulos con vicios legales y el Estado ausente”, Revista Acción, Nº 323, Abril de 2012, Pág. 5.
[2] Ibidem, Pag. 6.
[3] El INDERT inició una mensura judicial para determinar los límites y superficie exacta del inmueble mal habido del empresario Blas N. Riquelme -reconocido político stronista- denominado “Campos Morombi” para recuperarlo porque era de patrimonio fiscal. El empresario emprendió una demanda judicial solicitando la usucapión de dichas tierras, alegando que la utilizaba ininterrumpidamente desde hace más de dos décadas. El juzgado, sin pedir informes a las entidades competentes sobre la situación legal del inmueble y sobre sus registros públicos, sentencia de forma sospechosamente expeditiva a favor de Riquelme. Una asociación de campesinos, informados sobre esta situación, decide ocupar las tierras, ante lo cual la fiscalía y el juzgado locales, de manera irregular e ilegítima, promueven el desalojo, ejecutado el 15 de junio y tras lo cual se suceden el trágico enfrentamiento entre policías y campesinos.
[4] La enorme dimensión de las tierras mal habidas hace difícil el proceso de recuperación para el Estado puesto que los empresarios rurales, detentándolas de forma irregular, traban las mensuras judiciales y arguyen que con ellas se busca desestabilizar el orden social.